Urgente Que Congreso De La Unión Expida La Ley General De Seguridad Privada

Plazo máximo para expedirla venció el 25 de noviembre de 2021; tiene un
retraso de casi siete meses
.


Es apremiante realizar el registro nacional de empresas del ramo, pues de
acuerdo con la SCJN, son coadyuvantes en la seguridad pública
.


Toda vez que la seguridad privada es considerada por la Suprema Corte de Justicia
de la Nación (SCJN) como coadyuvante de la seguridad pública, desde la
Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) hacemos un llamado
al Congreso de la Unión para que expida sin mayor demora, la Ley General de
Seguridad Privada.


En Coparmex nos preocupa la profesionalización y regulación de las empresas de
seguridad privada y además, estamos interesados en que este sector incorpore en
sus procesos mejores prácticas que beneficien a todos los mexicanos, por ello,
urgimos a que se expida la Ley de Seguridad Privada para así contar con la
regulación secundaria que haga realidad el texto constitucional.


En la última década, la realidad social y de seguridad pública rebasó la obligación
constitucional del Estado Mexicano, lo que dio pie a la proliferación de empresas de
seguridad privada, con todo tipo de distorsiones en la actividad de un sector que
representa a más de ocho mil empresas, emplea a más de 600 mil colaboradores,
y representa aproximadamente el dos por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).


Frente a esta situación, el 11 de marzo de 2021 se aprobó una iniciativa de reforma
constitucional al artículo 73 para efecto de facultar al Congreso de la Unión para
legislar y expedir la Ley General de Seguridad Privada, cuyo ordenamiento fue
publicado el 28 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, tras el visto
bueno de la mayoría de los congresos locales, como lo dicta la ley.


La ley pretende regular la seguridad privada en tres aspectos: la homologación de
un permiso único a nivel nacional con el objetivo de crear un registro nacional de las
empresas que prestan el servicio en uno o varios estados, establecer la distribución
de competencias que tendrán la federación, los estados y los municipios en la
materia y las sanciones tanto para empresas como para usuarios que contraten
empresas que no cuenten con la autorización correspondiente.


En Coparmex consideramos fundamental que se expida la Ley para que exista una
efectiva y adecuada regulación y se lleve a cabo el registro nacional de empresas
del ramo, pues actualmente solo se realiza cuando una empresa tiene actividad en
dos o más entidades, pero cuando labora solo en una, solo tiene la obligación de
llevar a cabo su inscripción ante la entidad federativa en la que presta el servicio.

Consideramos que regular y atender la operación de las empresas de seguridad
privada es sumamente importante, pues la SCJN estableció que la seguridad
privada es coadyuvante de la seguridad pública: “…los servicios de seguridad
prestados por empresas privadas junto con las instituciones de seguridad pública,
forman parte de un sistema de seguridad pública que funciona por colaboración
entre éstas y aquellas, las cuales, sin subsumirse, en las funciones del Estado,
coadyuvan con él.”


Por este motivo expresado por el máximo órgano del Poder Judicial, así como por
las razones aquí expresadas y en especial, debido a la necesidad de contar con un
marco jurídico adecuado para el mejor desarrollo de este sector, es que desde
Coparmex reiteramos nuestro atento llamado al Congreso de la Unión para expedir
la Ley General de Seguridad Privada que, sin duda, dotará de mayores
herramientas de coordinación, seguimiento y control a las autoridades de los tres
ámbitos de gobierno, en favor de los ciudadanos.

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