La última sesión extraordinaria donde se aprobó el informe de la ASE sobre las cuentas públicas 2017, Sergio Desfassiux y José Luis Romero amenazaron a inconformes; esto tendría repercusiones legales.
Tras las amenazas que lanzaron los diputados Sergio Desfassiux y José Luis Romero Calzadacontra David Reyes Medrano, Víctor García Mata, integrantes de la plataforma Ganemos; Saúl Aro, empresario y Ángel Sánchez, habitante de la comunidad San José, La Orquesta te explica qué implicaciones legales tiene el gritarle a alguien, en un arranque de ira, “me voy a pintar los cachetes con su sangre”.
Durante la sesión extraordinaria de la LXI Legislatura, después de aprobar los informes de la Auditoría Superior del Estado respecto a las cuentas públicas de 2017, distintos ciudadanos y representantes de organizaciones civiles manifestaron su inconformidad, uno de ellos lanzó a la tribuna del pleno dos huevos, los cuales cayeron cerca del diputado José Luis Romero Calzada.
Ante dicha agresión los diputados Sergio Desfassiux y José Luis Romero Calzada reaccionaron lanzando insultos y amenazas contra 4 ciudadanos en específico, algunas de las intimidaciones que emitió “Tekmol” fueron: “Los voy a quebrar cabrones”, “Con tu sangre me voy a pintar los cachetes cabrón”, “Yo nada más te digo una cosa: me gritas el 15, cabrón, para romperte el hocico güey, nada más me gritas el 15. Ya te vi quién eres, el 15 me gritas. No los voy a buscar a sus casas maricones, cabrón. Yo los voy a buscar a ustedes a ver si muy hombrecitos. La vergüenza son ustedes, les voy a dar chingadazos a los tres”.
Dichas amenazas, según el Código Penal de San Luis Potosí constituyen un delito, cuya pena va de seis a dos años de prisión y una sanción monetaria que van de los sesenta a doscientos días de salario mínimo:
“CAPÍTULO IX Amenazas
ARTÍCULO 168: Comete el delito de amenazas quien…
- De cualquier modo, intimida a otro con causarle un mal futuro en su persona, en sus bienes, en su honor, en sus derechos o en la persona, honor, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado por algún vínculo, y
- Por medio de las amenazas de cualquier género trata de impedir que otro ejecute lo que tiene derecho de hacer o de obligarlo a ejecutar lo que no quiere.
Este delito se sancionará con una pena de seis meses a dos años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días de salario mínimo.
Cuando el activo del delito tenga parentesco por consanguinidad o afinidad con el ofendido o víctima hasta el tercer grado, se aumentará la pena que corresponda hasta en una tercera parte en su mínimo y en su máximo. El delito de amenazas se perseguirá por querella necesaria”.
Es decir, si después de la denuncia emitida por los dos integrantes de la plataforma Ganemos, la Fiscalía determina que el diputado José Luis Romero Calzada incurrió en el delito por amenazas, tendría que cumplir con al menos 6 meses de prisión y pagar de 5 mil 301 pesos con 69 centavos a 17 mil 672 pesos.
Fuente: La Orquesta

